Normativa de Renuncia a Cursos y Programas Académicos orientados a la Capacitación impartidos por EDUC y Devolución de pagos por concepto de Inscripción

i. Se considerará como alumno inscrito en los cursos y programas académicos dictados a través de EDUC (de carácter abierto) a aquellos participantes que cumplan con los requisitos de admisión establecidos por EDUC para dicho curso y que hayan cancelado en efectivo o documentado el valor total de estos.
Para cursos cerrado (cursos impartidos para una Empresa), se considerarán como alumnos inscritos aquellos informados oficialmente por parte del cliente.

ii. Retiros: En el caso en que un alumno inscrito se retire de un curso, EDUC efectuará una devolución del 80% del arancel del curso, siempre que la formalización sea hecha por escrito obligatoriamente y vía fax (en la eventualidad de agilizar los tramites), dirigida al Director de EDUC antes del inicio del curso, en caso contrario no se efectuará devolución.
(El correo electrónico no se considerará como medio valido para enviar las renuncias)

iii. Postergaciones (Suspensión del desarrollo de un curso para retomar en fecha posterior): No existen postergaciones, excepto situaciones de fuerza mayor debidamente calificadas (razones médicas y determinaciones de la empresa). Para efectuar las postergaciones si procediera, el participante o cliente deberá formalizarla por escrito obligatoriamente y fax en la eventualidad de agilizar los tramites, dirigido al Director de EDUC (el correo electrónico no se considerará como medio valido para enviar las renuncias)
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iv. EDUC, tomará las acciones necesarias para informar oficialmente al cliente (Empresa o participante) de la normativa relativa a retiros y postergaciones, esta acción debe ser aceptada oportuna y formalmente por el cliente a través de un documento de aceptación.

v. Para la recepción de cualquier solicitud (retiro y/o postergación), se considerará como válida la fecha de recepción del documento formal por parte del cliente (Empresa y/o participante).

vi. Para todos los efectos de esta normativa se considerará como fecha de inicio de curso, la acordada para el caso de los clientes (Empresa) y la publicada en el sitio Web del curso determinada por EDUC para los participantes de cursos abiertos. Por lo tanto los alumnos que se incorporen posterior a la fecha señalada, lo hacen conociendo los plazos y condiciones que establece este reglamento